Una herencia con testamento y acuerdo entre los herederos suele resolverse en 2 o 3 meses; sin testamento hay que sumar la declaración de herederos ante notario (en la práctica, alrededor de un mes más); y con conflicto entre herederos el plazo se dispara: meses si se negocia, y habitualmente más de un año si acaba en el juzgado. Al margen de cuánto tarde el reparto, hay un plazo que no espera: el Impuesto de Sucesiones se presenta en 6 meses desde el fallecimiento.
| Fase | Cuándo puede hacerse | Duración orientativa |
|---|---|---|
| Certificado de defunción | Desde el fallecimiento | 2–15 días |
| Certificados de últimas voluntades y seguros | A partir de los 15 días hábiles del fallecimiento | ~1 semana |
| Copia autorizada del testamento | Tras últimas voluntades | Días |
| Declaración de herederos (solo sin testamento) | Tras los certificados | ~1 mes (incluye espera legal de 20 días hábiles) |
| Inventario y cuaderno particional | En paralelo | 2–6 semanas según complejidad |
| Escritura de aceptación y adjudicación | Con acuerdo de todos | 1 firma (agenda notarial: 1–3 semanas) |
| Impuesto de Sucesiones (modelo 650) y plusvalía | Límite: 6 meses desde el fallecimiento | Trámite: días |
| Inscripción en el Registro de la Propiedad | Tras liquidar impuestos | 2–4 semanas |
| Disposición de cuentas bancarias | Tras acreditar título, partición e impuestos | 1–4 semanas según entidad |
Base legal: artículos 657 a 661 del Código Civil (la sucesión se abre al fallecimiento); artículos 55 y 56 de la Ley del Notariado (declaración de herederos y su plazo de 20 días hábiles); artículo 67 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones (RD 1629/1991: plazo de presentación de 6 meses y prórroga).
Qué acelera y qué frena una herencia
Acelera: testamento claro, herederos localizados y avenidos, patrimonio ordenado (escrituras y cuentas identificadas), y ocuparse de los certificados desde la segunda semana.
Frena: la ausencia de testamento (suma la declaración de herederos), herederos en el extranjero (poderes, apostillas, traducciones), bienes sin escriturar o sin registrar, deudas por aflorar y, el freno número uno con diferencia, el desacuerdo entre herederos. Un solo heredero que no firma puede convertir 3 meses en 3 años si no se activan los mecanismos legales para desbloquear. Cómo desbloquear una herencia conflictiva.
El calendario fiscal va por su cuenta
El error más caro en plazos no es tardar en repartir: es dejar pasar los 6 meses del modelo 650 esperando el acuerdo. La liquidación del impuesto no exige que la partición esté hecha, puede presentarse con el inventario y los datos disponibles. Recargos e intereses por presentar tarde son dinero tirado. Y si se prevé no llegar, la prórroga de otros 6 meses debe pedirse dentro de los 5 primeros (con intereses). Detalle del Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana.
¿Y cuándo cobro? La pregunta de verdad
“Terminar la herencia” y “tener el dinero en tu cuenta” no son el mismo día. Tras la escritura de adjudicación y la justificación de los impuestos:
- Dinero en cuentas: los bancos liberan los saldos al acreditar título sucesorio, partición y pago de impuestos; según la entidad, de unos días a varias semanas.
- Inmuebles: son tuyos desde la adjudicación, pero para vender con normalidad necesitarás la inscripción registral (2–4 semanas más).
- Seguros de vida: van por su propio carril, el beneficiario puede cobrarlos sin esperar a la partición, acreditando el fallecimiento y la condición de beneficiario.
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Contenido revisado por María Fayos Gómez, abogada colegiada ICAV 20010, responsable del área de sucesiones de Fayos & Signes. Publicado: julio de 2026. Base legal citada en el cuerpo.
Publicado: 4 de julio de 2026 · Última revisión: 4 de julio de 2026